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sábado, julio 19, 2008

Las Telecomunicaciones y la OMC

Desde sus inicios el sector de las telecomunicaciones fue considerado un sector para ser tratado bajo régimen nacional, de hecho, hasta la aparición de los primeros satélites de comunicaciones a mediados del Siglo XX, eran muy pocas las conexiones internacionales existentes.

El mercado de las telecomunicaciones era considerado un mercado nacional de naturaleza monopólica y que generaba importantes externalidades positivas. Por estas razones, por lo general, las empresas de telecomunicaciones eran propiedad estatal.

El ingreso de las telecomunicaciones satelitales y posteriormente de la telefonía celular e Internet han jaqueado el concepto de “monopolio natural” existente, promoviéndose a partir de entonces un nuevo paradigma de apertura y competencia.

Este nuevo paradigma tiene como principal promotor a las economías desarrolladas que, a partir de la década de los 70 empezaron a observar importantes cambios en su estructura económica relacionados con el crecimiento del sector servicios, que, a diferencia del sector de la producción requiere de simultaneidad, cobertura y continuidad, elementos para los cuales las comunicaciones son imprescindibles.

De esta forma, el interés por la liberalización del sector de las telecomunicaciones no ha sido solo por las telecomunicaciones en sí sino también por ser un medio facilitador del desarrollo de los servicios en general.

La necesidad de promover compromisos confiables por parte de las economías menos desarrolladas motivó a la inclusión del sector en las negociaciones del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, por tratarse de compromisos auditables y sancionables, a diferencia de los compromisos asumidos en el marco de la Unión Internacional de Telecomunicaciones que son de adopción voluntaria (de hecho en la jerga de la UIT se les llama “recomendaciones”).


El Acuerdo General de Comercio de Servicios


A fines de la década de los 70, a pesar de haberse iniciado el proceso de liberalización del sector servicios y de su creciente importancia en las economías desarrolladas, el sector de los servicios presentaba desarrollos desiguales en los entornos nacionales e internacionales, por esta razón los países desarrollados (principalmente Estados Unidos) impulsaron la inclusión de los servicios en el GATT.

Sin embargo, la introducción de los servicios en un acuerdo de comercio de mercancías implica algunas complicaciones dado que, por su naturaleza intangible, requieren de un manejo especial y diferente al de las mercancías.

Por otro lado, es importante precisar que muchos servicios no pueden ser provistos a través de las fronteras y que por ello era necesario considerar el movimiento internacional de las personas que prestan los servicios, lo que implica ya un reto para las políticas migratorias nacionales.

Finalmente, muchos servicios eran considerados estratégicos y por ello suministrados por el estado, como era el caso de las telecomunicaciones, el proceso de liberalización en este campo implicaba no solo el traslado de la provisión del servicio al sector privado sino también un posible recorte de las potestades regulatorias de los estados.

Para los países en desarrollo, asumir compromisos dentro del marco del GATT en materia de servicios implicaba importantes riesgos lo que generó una inicial oposición.


La ronda de Uruguay


Durante la Ronda de Tokio, el sector financiero norteamericano había presionado mucho para que se asuman compromisos multilaterales que flexibilicen la regulación interna del mercado financiero internacional, sin embargo no logró su cometido. Posteriormente, durante la reunión ministerial de Ginebra de 1982, los Estados Unidos formalmente propusieron la inclusión de los servicios en la negociación. Esta propuesta fue apoyada por los países industrializados y rechazada por los países en desarrollo liderados por India y Brasil.

La Ronda de Uruguay, iniciada en Punta del este en 1986 y culminada en Marrakech en 1994 resultó en los siguientes aspectos:

  • Creación de la Organización Mundial de Comercio como una alternativa para enfrentar la decreciente credibilidad del GATT.
  • Incorporación de los servicios en el mecanismo de negociación multilateral mediante el establecimiento del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS).
  • El establecimiento del Acuerdo sobre Derechos de Propiedad Intelectual.
  • Firma de Acuerdos GATT 1994 sobre comercio de mercancías.
No obstante, aún cuando el AGCS fue firmado por 125 países, sólo 90 de ellos asumieron compromisos de apertura de sus mercados nacionales. Los compromisos en materia de telecomunicaciones corresponden a los señalados en el anexo específico del AGCS.

El anexo de telecomunicaciones del AGCS

El anexo de telecomunicaciones tiene por objetivo adecuar determinados aspectos de las telecomunicaciones para hacer evidente la doble función de este servicio: como un sector independiente en sí mismo y como soporte para otros servicios.

El anexo se refiere a las medidas que afectan el acceso y uso de las redes de telecomunicaciones y servicios públicos de telecomunicaciones, excluyendo del ámbito del anexo las medidas relacionadas con la difusión de contenidos de radio y televisión.

Por otro lado, el anexo no establece una apertura obligatoria de los mercados de telecomunicaciones, pero sí que todo proveedor de servicios pueda tener acceso a los servicios de telecomunicaciones en condiciones no-discriminatorias y a tarifas razonables, lo que incluye la posibilidad de conectar equipos a la red, la interconexión, y el libre movimiento de información.

Las obligaciones contraídas por los países corresponden solamente a los servicios incluidos en las listas de compromisos, garantizando a las empresas extranjeras el acceso y uso de los servicios de telecomunicaciones allí listados.

Otro elemento importante del anexo estaba en garantizar el establecimiento de límites a la capacidad del estado de intervenir en el sector. Por esta razón se permite el establecimiento de condiciones al acceso y uso de los servicios de telecomunicaciones siempre que satisfaga la “prueba de necesidad”.

En términos generales el anexo establece que se debe asegurar que no se impongan más condiciones que las necesarias para: (i) salvaguardar las responsabilidades de los proveedores para poner sus redes o servicios a disposición del público en general; (iii) proteger la integridad técnica de las redes o servicios públicos de telecomunicaciones; o (iii) asegurarse que los proveedores no suministren servicios sino cuando les esté permitido con arreglo a los compromisos de cada miembro.

Adicionalmente se establecen que las condiciones para el acceso y uso de las redes y servicios públicos de telecomunicaciones pueden incluir: (i) restricciones a la reventa o uso compartido de los servicios; (ii) requerimientos para utilizar interfaces técnicas especificas; (iii) requerimientos de interoperabilidad de los servicios; (iv) homologación del equipo terminal u otro equipo que requiera una interfaz con la red, v) restricciones a la interconexión de circuitos privados con redes públicas ; o (vi) requisitos relacionados con registros y licencias.

Finalmente, los países en desarrollo lograron retener en el anexo el derecho a imponer condiciones razonables al acceso y uso de redes y servicios de telecomunicaciones cuando éstas sean necesarias para fortalecer su infraestructura y para incrementar su participación en el comercio internacional de servicios de telecomunicaciones. Estas condiciones serían listadas en los compromisos específicos de cada miembro.

En materia de telecomunicaciones, sin embargo, debido principalmente a las consideraciones de soberanía nacional, los compromisos asumidos por los países en el anexo específico del AGCS fueron menores a los esperados. Es así que, posteriormente, se conforma un Grupo de Negociación sobre Telecomunicaciones Básicas (creado por decisión de los ministros de comercio) con el objetivo de elevar los compromisos en este sector, este documento forma parte de los compromisos de los países luego de la adopción del 4to protocolo anexo al GATS, que este año cumple 10 años de igencia.

Las negociaciones sobre telecomunicaciones básicas

Al cerrarse la Ronda de Uruguay en Marrakech (1994) las negociaciones relacionadas con la liberalización del sector de las telecomunicaciones habían avanzado muy poco, sin embargo, los ministros de comercio, confiados en que el proceso de liberalización – aún incipiente – evolucionaría progresivamente de la mano con el desarrollo de las tecnologías de la información y comunicaciones, adoptaron la decisión de (i) continuar (voluntariamente) con las negociaciones en materia de telecomunicaciones, (ii) establecer un Grupo de Negociaciones sobre Telecomunicaciones Básicas (GNTB) que tendría un plazo de 2 años (que luego fue ampliado) para presentar un informe; (iii) los compromisos adicionales resultantes del proceso se consignarían en listas anexas al AGCS y (iv) durante el periodo de negociación ningún país podía adoptar medidas que afecten el comercio del servicio de telecomunicaciones.

De esta forma los países promotores de la liberalización (principalmente Estados Unidos y Japón) lograron congelar cualquier iniciativa doméstica orientada a la protección de los mercados locales mientras avanzaban en las negociaciones con los distintos miembros.

Desde el inicio de las negociaciones en el GNTB se discutió sobre el establecimiento de un marco regulatorio apropiado para el desarrollo del sector, especialmente en países que aún mantenían monopolios estatales. Como resultado se consideró necesario establecer algunos elementos regulatorios comunes en las listas de compromisos del AGCS. Entre ellos:
  • La Definición de “Operador Dominante”;
  • Las obligaciones de los Operadores Dominantes para cumplir determinadas salvaguardias competitivas;
  • La obligación de los Operadores Dominantes de facilitar la interconexión de redes;
  • La independencia del regulador respecto del operador;
  • Procesos transparentes para la adjudicación de recursos escasos;
  • Claridad en el establecimiento de obligaciones de servicio universal; y,
  • Preservación de la soberanía nacional en cuanto a administración del espectro radioléctrico.
La oposición de los países en desarrollo al establecimiento de marcos regulatorios de carácter internacional se sustentaba en dos razones fundamentales: la primera relacionada con el hecho de que muchos de los países en desarrollo se encontraban dentro de un proceso complejo de reforma del sector y temían que lo que resulte de la negociación arruine el trabajo avanzado; la segunda relacionada con la percepción general de que el documento de referencia resultante constituiría una amenaza contra la soberanía de parte de una organización (la OMC) que era ajena al desarrollo del sector.

La oposición se planteó de tal forma que los países desarrollados se vieron obligados a buscar fórmulas flexibles que no obliguen a ningún país a modificar de inmediato su marco regulatorio.

Es así que se creo un grupo informal (liderado por la cuadrilateral ) para redactar un texto base que luego sería introducido en la negociación. En esta tarea contaron con la ayuda de otras economías con intereses claros en el sector como Korea y Hong Kong.

Luego de una larga discusión se arribó a un consenso sobre la necesidad de establecer determinados principios básicos para los marcos regulatorios nacionales, estos principios forman el cuerpo del Documento de Referencia de telecomunicaciones.

Aspectos clave de la negociación

Sin duda uno de los elementos clave de la negociación de telecomunicaciones básicas fue la discusión relativa a la provisión de servicios de manera transfronteriza mediante el servicio satelital.

Es necesario precisar que a fines de la década de los 90 inició una acelerada carrera por el espacio satelital a través de constelaciones satélites de orbita baja, los cuales serían el soporte para las comunicaciones personales satelitales. De hecho el Banco Mundial señaló que este sería el mayor reto de la regulación de las telecomunicaciones en el futuro, dado que la movilidad de las personas aumentaría la demanda por estos servicios y el avance tecnológico y la competencia lograrían abaratar los costos de los terminales de manera tal que se llegue a un nivel de masa crítica que sostenga y desarrolle la red. Esto, sin embargo, no ha sucedido, por lo menos hasta el momento.

Una de las decisiones que ayudo a dilucidar este problema fue la nota sobre “neutralidad tecnológica” presentada por el presidente del GNTB mediante la cual se recoge la idea de que “salvo que se exprese lo contrario, se entiende que los compromisos son independientes del medio en que se soportan las comunicaciones”. De esta forma ya no fue necesario indicar en los textos si los servicios estarían o no soportados por satélites. Es así que los servicios satelitales solamente serían citados en las negociaciones cuando se les quisiera excluir expresamente de un compromiso. Del mismo modo, la realización del Foro Mundial de política de Telecomunicaciones de 1er Unión Internacional de telecomunicaciones, ayudó a la solución de esta discusión.

Del mismo modo se acordó excluir a las Organizaciones Internacionales de satélites (ISOs por sus siglas en inglés) de los compromisos del AGCS, la razón fue que estas organizaciones se originaron a través de tratados internacionales (difíciles de adaptar a los compromisos del AGCS), en cambio, las subsidiarias nacionales de estas organizaciones sí estarían sometidas a mas mismas disposiciones que los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones básicas.

Otro elemento importante de la negociación lo constituyó la posición unilateral de los Estados Unidos para establecer tasas contables para el tráfico internacional cursado por ese país, dicha posición fue rechazada por muchos países por considerarla una trasgresión a la moratoria establecida por el AGCS para cambios regulatorios domésticos que puedan mejorar la posición de negociación.

Otro problema en la negociación provino también de un requerimiento de los Estados Unidos. El requerimiento consistía en exigir la presencia en la mesa de negociación de los países que en conjunto representen al menos el 90% del total de facturación. Con esto se buscaba que la Unión Europea amplíe sus compromisos, lo que finalmente se logró eliminando las restricciones a la inversión extranjera en España y Bélgica, y alineando a España al proceso de apertura de la Unión, establecido para 1998.

Estando prácticamente en el momento del cierre de las negociaciones, dos problemas de último minuto amenazaron con detener el proceso, entre ellas la permanencia de restricciones a la inversión extranjera en el sector en Japón, México y Canadá; y la negativa de la Unión Europea a incluir los contenidos dentro de las negociaciones. Estados Unidos tuvo que ceder ante estos requerimientos.

Impacto del AGCS en el sector

Una interesante evaluación realizada por Bressie, Kendel y Williams (2004) concluye en que los países que realizaron compromisos de liberalización en el AGCS sobre telecomunicaciones básicas tuvieron un mejor desempeño sectorial 8específicamente en telefonía fija y celular) que aquellos que no lo hicieron.

Para arribar a esta conclusión, los autores incluso buscaron aislar los potenciales efectos de de la variable “privatización” y “apertura a la competencia” de forma tal que los resultados fueron menores para los países sin compromisos, aún cuando hayan introducido competencia en el servicio móvil o privatizado el operador de telefonía fija. Aparentemente, según los autores, las empresas son más reacias a invertir en países que no tienen compromisos signados en el AGCS.

Estos resultados son confirmados por Keck y Djiofack-Zebaze, apuntando adicionalmente que existe un impacto relevante en las tarifas finales a los usuarios en los países que adoptaron compromisos, con la excepción de los países del Africa. Los autores señalan que ello podría deberse al elemento “secuencia y tiempo” de las reformas del sector, dado que las reformas en Africa son recientes y por tanto las inversiones, y también a la institucionalidad regulatoria creada para fortalecer el proceso de reforma. Países de Africa como Uganda y Kenya han tenido notable éxito en la expansión del servicio móvil en cambio otros como Tanzania mantienen aún una situación relativamente desventajosa.

Entre los beneficios cualitativos, señala Cowhey (2001) está que la mejor forma de asumir compromisos de liberalización confiables es a través de mecanismos multilaterales como los de la OMC, adicionalmente, para aquellos países que se encontraban en proceso de reforma, los compromisos les permitieron “ahorrarse” el debate interno y actuar bajo la política de los “hechos consumados”. Esto último, considerado como una ventaja por los promotores del libre mercado, es precisa mente la base de la crítica hacia una reforma hecha a espaldas de los intereses de la sociedad, y que, aún hoy luego de 15 años sigue siendo cuestionada por diversos sectores.

Bibliografía
  • Satola, David. Legal and regulatory implications of implementing WTO telecommunication commitments in developing markets. WorldBank, 1997
  • Allen, David. The WTO telecommunications agreements: Policy between trade and networks. Ponencia presentada en la 12° Conferencia de la Sociedad Internacional de Telecomunicaciones, Estocolmo, Suecia, June 21-24, 1998.
  • Braga, Carlos Primo A., et. Al. Telecommunications-Related Services: Market Access, Deeper Integration and the WTO. HWWA Discussion Paper 158 (2002)
  • Braga, Carlos Primo A., Liberalizing Telecommunications and the Role of the World Trade Organization. EN: Public Policy for the Private Sector, Note No. 120, The World Bank (1997).
  • Bressie, Kent, et. al. Telecommunications trade liberalization and the WTO. Ponencia presentada en la 15° Conferencia de la Sociedad Internacional de Telecomunicaciones Berlin, September, 5-7, 2004.
  • Cowhey, Peter; Klimenko, Mikhail. The WTO agreement and telecommunication policy reforms. World Bank Policy Research Working Paper No. 2601. Banco Mundial (2001)
  • Melody, William H. Telecom Reform: Progress and Prospects. Telecommunications Policy 23 (1999)

lunes, noviembre 05, 2007

WTO: Reforms have resulted in sizeable benefits

Peru has continued to liberalize its trade regime which, in the context of other reforms and a favourable external environment, helps explain its robust economic performance since its previous Review in 2000 according to a WTO Secretariat report on the trade policies and practices of Peru.

The report from the secretariat on telecommunication services is as follows(*):

(ii) Telecommunications

(a) Features of the market
92. There have been far-reaching changes in Peru's telecommunications sector since it was opened up and reorganized in the 1990s. This process has been accompanied by sustained growth in foreign investment, which rose from US$2,000 million in 1995 to US$4,975 million in 2006. Foreign investment in the telecommunications sector accounted for one third of all foreign investment in Peru in 2006.
93. The liberalization process has been gradual and the sector has not been opened up to full-scale competition immediately but the dominant presence of Telefónica del Perú has been used gradually to adjust rates and promote investment. In 2006, the Spanish company Telefónica controlled 97.2 per cent of the shares in Telefónica del Perú. Under an administrative concession granted by the State, this company has the right to utilize the infrastructure and networks of the public telecommunications services. The concession entails specific obligations on access by third parties to the basic infrastructure and network facilities of this operator. In 2004, Telefónica del Perú's concession agreement was renewed until 2024.
94. In March 2007, there were 66 long-distance concessions, 35 concessions for local carrier services, 23 fixed telephony concessions, 221 suppliers of value-added services and 142 companies listed in the register of service and/or traffic providers. The major competitors in the market are Telefónica del Perú (dominant operator), Telefónica Móviles, Telmex del Perú, Americatel, América Móviles, Nextel del Perú, Impsat, Infoductos, Gilat to Home, and Millicom.
95. According to data from the authorities, in December 2006, Telefónica del Perú had 95.6 per cent of the total number of fixed telephony lines; the remainder belonged to seven other operators. At the same date, the leading mobile telephony operators were Telefónica Móviles, with 58 per cent of the lines in service, América Móviles (38 per cent) and Nextel del Perú (4 per cent). As regards national and international long-distance services, Telefónica del Perú has 66 per cent of the market, while the other 20 competitors share the remaining 33 per cent.
96. The fixed telephony and national and international long-distance markets are highly concentrated. In 2001, one company made a complaint against Telefónica del Perú regarding issues such as obstacles to interconnection and access to networks. The OSIPTEL issued Decision No. 052-2002-CCO/OSIPTEL allowing the complaint against practices that restrict competition in the telecommunications market (long-distance and fixed telephony) by barring entry using legal or technological means or strategic behaviour.
97. Since 2000, Peru's telephone density has made sustained progress and during the period 2000-2005 it was the South American country with the highest aggregate rate of annual growth according to information provided by the authorities. Nevertheless, in the poorest departments and in poor urban sectors, the level of access to telecommunications services is still low.
98. A study by the World Bank indicates that, as a result of privatization, the coverage and quality of the service has increased dramatically and that rates have tended to fall, with some exceptions for new services.98 Use of long-distance and international services has increased for consumers in all sectors. For local services, the increase has been modest within the poorest sectors, as already mentioned. Rates for local, long-distance and international services have fallen but there has been a sharp rise in monthly standing charges. The study finds that there has been a net benefit for consumers in all social strata if the broad expansion in access to telephony services is taken into account.
99. On the other hand, it is indicated that there are still problems in the sector such as the rates per second restricted to a single plan, interconnection charges for cellular telephones, the lack of competition in fixed telephony (because Telefónia's competitors concentrate on corporate clients), interconnection problems and conflict between those entering the market and Telefónica del Perú.99
(b) Regulatory framework
100. As part of its commitments at the WTO, Peru undertook to liberalize voice telephony services (national, long-distance and international) by 1999 at the latest. In the Fourth Protocol, approved on 4 June 1997 by Supreme Resolution No. 129-97-RE, Peru undertook to take into account the Reference Paper on regulation principles.
101. Two institutions have regulatory and administrative responsibilities in the telecommunications sector. On the one hand, the Ministry of Transport and Communications (MTC) is competent for market access issues; allocation, control and monitoring of scarce resources; administration of the Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL (Telecommunications Investment Fund); the national telecommunications plan; the national frequency allocation plan; the adoption of regulations; and approval of monitoring equipment. On the other, the Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL (Supervisory Authority for Private Investment in Telecommunications) is responsible for the following: rates applicable to users; competition in the sector; interconnection; quality of the service; settlement of disputes between operators and application of the corresponding penalties; and dealing with complaints from users.
102. The basic regulatory framework for the telecommunications sector is contained in the Single Harmonized Text of the Telecommunications Law, Supreme Decree No. 013-93-TCC and amendments thereto.100 The Law classifies telecommunications services into: (i) carrier services; (ii) teleservices or final services; (iii) distribution services; and (iv) value-added services. Pursuant to this Law, the following services require a special concession before they can be provided: carrier services; teleservices or final services; and distribution services. An authorization, together with the corresponding permit and licence, are required in order to provide private final and radio-communications services and private distribution and broadcasting services. Value-added services that require their own telecommunications networks separate from those of the carrier services or teleservices require special authorization from the Ministry of Transport and Communications.
103. In 2004, the Single Harmonized Text of the General Regulations for the Telecommunications Law, Supreme Decree No. 027-2004-MTC, incorporated regulatory changes such as modified definitions of subscribers, the concession area, the service area and interconnection of networks. In 2005, Supreme Decree No. 030-2005-MTC continued the development of rules for the interconnection of networks, royalties for concession rights, compliance with obligations by concessionaires, incentives for access by independent operators and for developing mobile services, and recognition of users' freedom to set up private networks.
104. Law No. 28295 requires companies to share the necessary infrastructure for providing public telecommunications services where it is not possible to build and/or set up the infrastructure. Supreme Decree No. 030-2005-MTC of 31 December 2005 provided that any independent operator may request one or more telephone lines from a fixed or mobile telephony concessionaire in order to install public or subscriber telephones to be operated by them directly and to be used to back up other services in areas where this service is not available.
105. The rates charged by Telefónica del Perú are regulated by the clauses in the concession agreements signed by the Peruvian State in 1994. Since September 2004, the rates for local and long-distance fixed telephony have been adjusted quarterly by basket of services. Adjustments are made taking into account a formula giving a ceiling that is fixed according to inflation and a productivity factor of -10.07 per cent annually. The productivity factor to become effective in September 2007 has been under consideration since 25 May 2007, as required by the Resolution of the Governing Board No. 027-2007-CD/OSIPTEL.
106. The Single Concession Law, Law No. 28737 of 18 May 2006, introduces the concept of a single concession for the supply of all public telecommunications services so as to lessen the barriers to market access created by multiple concessions. Pursuant to this Law, concessions are granted at the request of a party or following an open competition. A single concession may comprise the possibility of providing more than one public telecommunications service, as well as an authorization to use the radio spectrum and the permits and licences required to install and operate radiocommunications equipment. The concession agreement establishes the time-limit for the concessionaire to commence providing the service. The Law was introduced in response to the problems created by the multiple concessions regime101 including barriers to market access, delays in dealing with concession procedures (an average of four to five months for each procedure), problems in implementing new technologies and deploying networks, and discouraging competition and the entry of new operators.102
107. Likewise, in order to boost promotion and competition policies in the sector, in 2007 Supreme Decree No. 003-2007-MTC and Law No. 29022 were adopted to eliminate obstacles to the infrastructure's expansion.
108. Legislation in the sector gives Peruvian and foreign investors the right to provide telecommunications services in the following forms: (i) public services, with no restrictions on foreign investment; and (ii) broadcasting services.

109. Article 24 of the Radio and Television Law, Law No. 28278 of 23 June 2004, prescribes that legal persons must be domiciled and established in Peru in order to own a broadcasting service. Foreign involvement in legal persons owning a broadcasting service may not exceed 40 per cent of the total holdings, shares in the equity or number of partners. Foreigners may not own a broadcasting service either directly or through a sole-proprietor company.
110. Supreme Decree No. 040-2004-MTC lays down the requirements for granting a concession. No call-back is allowed in international long-distance traffic.
111. The FITEL, part of the Ministry of Transport and Communications pursuant to Law No. 28900, seeks to promote universal access through private investment in regions where demand does not guarantee profitability.103 The FITEL is financed through a contribution made by all companies in the sector corresponding to 1 per cent of the value of their sales.104 The authorities have stated that, in mid-2007, the FITEL had US$134 million to invest over a period of five years in various projects for public telephony, fixed telephony and public access to the Internet in rural areas. Through these projects, it is hoped to double telecommunications capacity by the end of 2009.
(*) Extract from the Secretary Report
NOTES:
98 World Bank (2006c).
99 Fernández-Baca (2003).
100 The General Regulation to the Telecommunications Law has been amended by Supreme Decree Nos. 015-97-MTC, 005-98-MTC, 020-98-MTC, 022-98-MTC, 002-99-MTC, 003-99-MTC, 043-2000-MTC, 029-2001-MTC, 029-2002-MTC, 015-2003-MTC and 012-2004-MTC. See: http://www.mtc.gob.pe/indice/ comunicaciones.asp#c1.
101 Multiple concessions for services such as local carrier, national long-distance, international long-distance, trunking, SCP, mobile, mobile via satellite, fixed telephony, wireless telephony, cable television, MMDS cable television, inter alia.
102 Information from OSIPTEL online. See: http://www.osiptel.gob.pe/Index.ASP?T=T&IDBase= 0&P= %2FOsiptelDocs%2FGPR %2Fel_sector%2FSEMINARIOS%2Ffiles3%2F2daSesion_ManuelCipriano_ MTC.pdf.
103 Information from FITEL online. See: http://www.fitel.gob.pe/contenido.php?ID=36.

lunes, enero 29, 2007

III Examen de Política Comercial del Perú


El Perú esta iniciando el proceso de la tercera evaluación de políticas comerciales de la OMC. Esta evaluación se realiza utilizando un mecanismo establecido en el anexo 3 del acuerdo de Marrakesh. Este proceso se lleva a cabo cada 6 años en el Perú habiéndose realizado el último en el año 2000. En aquella oportunidad el resultado del examen fue satisfactorio y se recibieron opiniones favorables.

En conclusión, opino que el segundo examen de las políticas comerciales del Perú ha resultado muy fructífero. La reforma económica ha sido positiva, como se refleja en el crecimiento del PIB, el comercio y la inversión.” (ver: conclusiones del presidente)

Hoy Lunes 29 de Enero el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), organizo una reunión con los miembros represntantes de OMC de la División de Examen de las Políticas Comerciales, Karsten Steinfatt y Raymundo Valdez.

Los funcionarios señalaron que los exámenes se centran en las políticas y prácticas comerciales de cada Miembro, pero que también toman en cuenta las necesidades de los países en materia económica y de desarrollo, sus políticas y objetivos, y su entorno económico externo.

Estos “exámenes” alientan a los gobiernos a seguir más de cerca las normas y disciplinas de la OMC y a cumplir sus compromisos. En la práctica, los exámenes tienen dos resultados generales: permiten que un observador externo entienda las políticas y circunstancias particulares de un determinado país y son a la vez fuente de información para el país objeto de examen sobre su actuación en el marco del sistema. En palabras del expositor, la transparencia
y la comprensión
se constituyen en los principales pilares del examen.

Todos los Miembros de la OMC deben ser objeto de examen. La frecuencia de los exámenes depende de las dimensiones del país:

  • Las cuatro principales entidades comerciantes la Unión Europea, los Estados Unidos, el Japón y el Canadá (la “Cuadrilateral”) son objeto de examen cada dos años aproximadamente.

  • Otros 16 países (en función de su participación en el comercio mundial) entre los que se encuentran México y Brasil, cada cuatro años.

  • El resto de los países, cada seis años, con posibilidad de que se fije un intervalo más largo para los países menos adelantados.

Para cada examen se preparan dos documentos: una exposición de políticas preparada por el gobierno del país objeto de examen y un informe detallado elaborado independientemente por la Secretaría de la OMC. Ambos informes se publican poco después del examen, junto con el acta de la correspondiente reunión del Órgano de Examen de las Políticas Comerciales.

El objetivo del Mecanismo de Exámenes de las Políticas Comerciales es poder establecer diálogos con expertos, mejorar la calidad de los debates públicos, permitir una evaluación multilateral de los efectos de las políticas en el sistema del comercio mundial, aumentar la transparencia y la compresión de las políticas y practicas de los países.

En materia de telecomunicaciones el Perú cuenta con una serie de compromisos establecidos en el GATS suplemento 1 , el anexo al GATS, Documento de referencia para telecomunicaciones básicas

SITIOS CONSULTADOS

http://www.wto.org/spanish/tratop_s/tpr_s/tp_int_s.htm
http://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/tif_s/agrm11_s.htm

Noticias de Europa

OECD - Information and Communications Policy

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